lunes, 25 de febrero de 2013

Desahucios en España


Multitud de casos de desahucio  son los que actualmente nos muestran los medios de comunicación en nuestro país como consecuencia de la tremenda crisis existente.
Es un signo evidente del desempleo español que se está llevando muchas vidas por delante a causa de la impotencia por el hecho de perder el hogar familiar y aun así, tener que seguir haciendo frente a la hipoteca.
Solo en el primer trimestre de 2012 se recogía una cifra próxima a los 20.000 desahucios, y a partir de ahí el número no descendería.
En las últimas semanas, Gobierno y principal partido de la oposición, tras algunos episodios trágicos, anunciaron su voluntad de tomar medidas respecto al problema de embargos y desahucios. Sin embargo, tal como ya ha denunciado ADICAE, el Real Decreto-Ley aprobado en solitario por el Gobierno no impedirá que la banca siga embargando a cientos de miles de familias. Frente a medidas que están lejos de dar una respuesta real y rápida a los diez millones de hipotecados que hay en España, 1 millón de las cuales están en riesgo de ejecuciones y embargos hipotecarios que les llevarán a la pérdida de su vivienda, ADICAE defiende la aprobación de una moratoria hipotecaria como respuesta inmediata para esta situación. La moratoria sería el paso previo para lo que la Plataforma Hipotecaria de ADICAE lleva exigiendo desde 2007, una reforma legislativa que cambie la vetusta y desfasada legislación hipotecaria en España, que únicamente beneficia a las entidades financieras.


Una solución urgente, posible y eficaz

La moratoria hipotecaria de ADICAE daría una tregua de 3 años a los afectados por la hipoteca. Es una medida con acceso universal (para quien lo necesite, cumpla unos requisitos tasados y lo acredite, por circunstancias sobrevenidas), regulada (no discrecional al antojo de bancos y cajas), justa y adecuada a la situación económica familiar. Con voluntad política, puede ponerse en marcha de forma casi inmediata, ya que se trata de una medida excepcional y urgente. Las propuestas de ADICAE son razonables, su coste es pequeño respecto a su beneficio social e incluso supondría un beneficio para la economía.

¿Por qué es necesaria una moratoria hipotecaria?

El problema hipotecario en España concierne a diez millones de hipotecados. Diez millones de personas que, en un contexto de economía sin visos de recuperación, pueden convertirse en embargados. La situación de estas personas depende de la actual Ley Hipotecaria, una normativa que data de 1909 y que se pensó hace más de un siglo únicamente en beneficio de las entidades bancarias. Desde hace años, ADICAE pide una actualización para hacer esta ley justa, así como modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Concursal que tengan en cuenta a los consumidores.

Sin embargo, el proceso legislativo requiere un tiempo precioso del que carecen los afectados. Por eso es necesario aprobar la moratoria hipotecaria mediante Real Decreto Ley,  una fórmula que llevaría apenas unas semanas  y que el Gobierno usa habitualmente.

jueves, 21 de febrero de 2013

Plataformas de Blogging

¿QUÉ ES UN BLOG?
En primer lugar, definir el término blog como un sitio web periódicamente actualizado que recopila cronológicamente textos o artículos de uno o varios autores, apareciendo primero el más reciente, donde el autor conserva siempre la libertad de dejar publicado lo que crea pertinente.                                                                                                                                             
También conocido como bitácora digital, cuaderno de bitácora, ciberbitácora, weblog, …
El nombre bitácora está basado en los cuadernos de bitácora, cuadernos de viaje que se utilizaban en los barcos para relatar el desarrollo del viaje y que se guardaban en la bitácora.
El weblog es una publicación online de historias publicadas con una periodicidad muy alta que son presentadas en orden cronológico inverso, es decir, lo último que se ha publicado es lo primero que aparece en la pantalla. Es muy frecuente que los weblogs dispongan de una lista de enlaces a otros weblogs, a páginas para ampliar información, citar fuentes o hacer notar que se continúa con un tema que empezó otro weblog. También suelen disponer de un sistema de comentarios que permiten a los lectores establecer una conversación con el autor y entre ellos acerca de lo publicado.

PRINCIPALES PLATAFORMAS
Actualmente, las grandes redes sociales dominan la red y se encargan de potenciar estas plataformas, como hemos podido comprobar, ya sean enlaces a través de Twitter, Facebook,… o el caso de Google + que cuenta con el servicio Blogger, una plataforma específica de entre tantas.
Existen diferentes plataformas con las que podemos crear un blog de forma gratuita, lo único necesario  es una idea y ganas de desempeñarla. “Six Revisions” nos ofrece una lista con las 10 mejores plataformas online:
Blog.com
- Blogetery
- Google Sites
- Weebly
- LiveJournal
- Posterous Spaces
- Tumblr
- Jux
- Blogger
- WordPress
Estas dos últimas están consideradas como líderes del ranking. Ambas ofrecen un servicio online gratuito, pero en el caso de WordPress existe una versión instalable que es la que comúnmente se usa pero requiere de un hosting donde alojar el servicio y el blog, por lo que conlleva un gasto extra.

¿Qué es Wordpress?                                                                                                           
WordPress es un sistema de publicación elegante y bien diseñado, programado en PHP y MySQL. Sus raíces y desarrollo empezaron en 2001, y actualmente es un producto totalmente estable. Hace especial hincapié en la facilidad de uso, la velocidad y una cómoda experiencia para el usuario final, tanto el que escribe como el que lee.                                                 WordPress es distribuido conforme la licencia estándar GPL y para que funcione es necesario poseer un servidor que tenga soporte para PHP (4.2 o superior) y MySQL(3.23.x o superior). WordPress viene con una gran cantidad de características incorporadas que nos permiten desarrollarnos fácilmente en cualquier tipo de blog. Además, disponemos de muchísimas extensiones que nos permitirán mejorar nuestro blog de forma fácil y eficaz.              WordPress tiene una fácil administración de usuarios, con sus propios perfiles; una muy fácil instalación y actualización a nuevas versiones. Todas las páginas son generadas de forma dinámica, es decir, que la actualización del contenido o diseño se realiza de la forma más rápida posible. Además, dispones de una gran cantidad de idiomas para utilizar en tu WP.

 Mientras que Blogger no cuenta con ninguna versión instalable ya que su servicio está alojado en los servidores de Google.
Además de no ser necesaria la instalación con Blogger, este ofrece un dominio gratuito .blogspot.com , que luego puede ser personalizado pero con costes anuales. Solo es necesario contar con una cuenta Gmail para poder acceder, y a partir de ahí, los servicios de Google puede ser integrados en el blog. Para más información sobre Blogger, pincha aquí.
Personalmente creo que Blogger es la mejor alternativa respecto a las demás plataformas pues al ser un servicio de Google, presenta más aplicaciones que el resto y mayor facilidad a la hora de usarlo.


CÓMO CREAR UN BLOG CON BLOGGER








http://es.wikipedia.org/wiki/Blog

lunes, 18 de febrero de 2013

La reforma educativa de Wert




El pasado Septiembre, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley presentado por el ministro de educación y cultura, José Ignacio Wert, para la que sería la séptima reforma educativa de la democracia.

CLAVES DE LA NUEVA LEY
-Asignaturas: la Educación para la Ciudadanía se pasará a llamar Educación Cívica y Constitucional y pasará a impartirse solo en segundo de la eso. El número de horas de Religión aumentará y la calificación de la alternativa, Valores Culturales y Sociales, pasará a formar parte de la nota media. Cambian los nombres de algunas asignaturas, y se categorizan, dividiéndose en troncales y específicas.
-Lenguas cooficiales: se elimina la inmersión lingüística al establecer un mínimo de materias en las dos lenguas oficiales. Además, pasan a considerarse materias no troncales, sino específicas. Por último, se quiere dejar a las familias libertad para elegir la lengua que desean para sus hijos, obligando a las administraciones a pagar los colegios privados si la familia solicita enseñanza en castellano y no hay un colegio público que la imparta en la zona. 
-Centros que segregan por sexo: la anterior ley no lo permitía y varias sentencias aprobaron que se retiraran los conciertos a centros que lo hacían. Esta ley permite la segregación en colegios concertados, obligando a las Administraciones a no establecer diferencias en los conciertos con los que no segregan.
-Órganos de control: la función del director aumenta su relevancia, debiendo pasar por un proceso de formación y acreditación del ministerio, adquiere el poder de contratar o vetar a los profesores. Además, ya no es elegido por el claustro de profesores, sino por la Administración. El Consejo Escolar también pierde poder de decisión, al pasar a ser un órgano meramente consultivo, limitado a evaluar e informar.
-Formación profesional: se crea una nueva para alumnos de 15 a 17 que hayan superado el primer ciclo y no logran pasar a cuarto. De esta se podrá pasar a la de grado medio y de ella a la de superior. Además, se crea también una FP dual, que permitirá hacer prácticas y formarse en empresas, estudiando y trabajando a la vez. 
-Bachillerato: se reduce a cinco vías (desaparece el tecnológico) y la prueba al final pasa a ser igual para todas las Comunidades Autónomas. 
-Exámenes obligatorios: serán comunes a toda España y se realizarán en tercero y sexto de primaria, los cuales no tendrán consecuencias académicas, aunque serán los docentes quienes decidan si el alumno pasa de curso en el caso de que suspenda; al final de la ESO, este será distinto en función de si se opta a FP o a Bachillerato y contará un 30% de la nota de secuedaria y, el último, será el que sustituya a la Selectividad. 

ESTADO ACTUAL DE LA LEY
La reforma ha sido sometida a un proceso de consulta a las autonomías los pasados meses, con un resultado bastante malo. La mayoría de las autonomías han planteado numerosas dudas y quejas, incluso algunas gobernadas por el Partido Popular. Debido a esta inesperada oposición por parte de los populares, el texto cambio hacia posiciones más ideológicas, cambios que siguen sin contentar a estos opositores, pues a las dudas de la efectividad de la reforma se suma el elevado coste de esta. Se calcula que costara 408 millones de euros al Estado y hasta 927 a las comunidades, cuando el presupuesto que se marcó inicialmente era cinco veces menor. 
Por otro lado, también la comunidad educativa al completo (alumnos, padres y profesores) han mostrado su disconformidad, hecho que se agrava si se tiene en cuenta que el proyecto de ley no cuenta con más apoyos en el parlamento que el del Partido Popular.
Para que se lleve a cabo la ley, aún falta el informe del Consejo de Estado, la aprobación del Consejo de Ministros y, por último, la votación en el Congreso. La mayoría absoluta del PP hace que le sea posible su aprobación, pero la falta de consenso lleva a pensar que está nueva reforma tampoco está destinada a durar mucho. 


Fuentes:

viernes, 15 de febrero de 2013

MEGA SUCEDE A MEGAUPLOAD

¿QUÉ ES MEGAUPLOAD? 


Megaupload era un sitio web que permitía guardar e intercambiar archivos, fundado el 21 de marzo de 2005 por Megaupload Limited en Hong Kong. Formaba parte de un conjunto de webs llamada Megaworld cuyo director y fundador era Kim Smithz, también llamado Kim Dotcom. 
El dominio megaupload.com atrajo por lo menos diez millones de visitas en 2008 de acuerdo con un estudio de compete.com. Además, contaba con más de 150 millones de usuarios registrados, 50 millones de usuarios diarios y alrededor del 4% del tráfico de Internet. Por último, ocupaba el número 72 de las páginas más vistas en la red según la agencia de rankings en internet Alexa.
El servicio básico se encontraba disponible de forma gratuita y permitía a los usuarios subir archivos de hasta 2 GB. El usuario libre no podía descargar archivos de más de 1 GB, sin embargo el usuario registrado podía descargar 100 GB. Mediante pago se podía obtener una cuenta Premium, que otorgaba una amplia gama de privilegios, tales como no esperar ninguna cola de archivos, realizar más de una descarga de forma simultánea, subir archivos protegidos con contraseña, un espacio online ilimitado para subir sus archivos y no tener restricciones de ningún tipo al subir archivos, entre otras.

MEGAUPLOAD ES CERRADO
El 19 de enero de 2012, el FBI, tras meses de investigación,  cierra Megaupload y detiene al fundador, Kim Dotcom, junto con algunos de los trabajadores de la compañía: el director de márketing Finn BatatoJulius Bencko, diseñador; Sven Echternach, director de desarrollo de negocio; Mathias Ortmann, director técnico, cofundador y director; Andrus Nomm, programador y Bram van der Zolk, programador.
En la demanda, se acusaba a Megaupload de infracciones de derechos de autor, conspiración de crimen organizado, blanqueo de dinero y violación de la propiedad intelectual.
La acusación de conspiración se apoyaba, por su parte, en varias características del funcionamiento de la página: 
- Se eliminaban los archivos que no eran descargados de forma regular, lo cual serviría para disuadir a los usuarios de hacer un uso personal de la página, fomentando subir archivos que violasen los derechos de autor. 
- Se pagaba a aquellos usuarios que generaban más descargas y tráfico en el sitio, lo cuál podría servir a su vez para blanquear dinero.
- La página no contaba con ningún medio para localizar los contenidos, lo que hacía más difícil acceder a los archivos protegidos, siendo calificado esto como un modo de ocultación de estos. 

Para ver la demanda completa, pinche aquí.

NACIMIENTO DE MEGA 
El 19 de enero de 2013, el ex-director de Megaupload, aún bajo libertad condicional, lanza Mega, justo un año después del cierre de su predecesor. 
Sin embargo, el planteamiento de esta nueva plataforma virtual es bastante diferente y Kim Dotcom insiste en que es totalmente legal. Además, advierte que no se repondrán los archivos perdidos por el cierre de Megaupload. 
Por otra parte, el funcionamiento de esta nueva página se asemeja más a los espacios de almacenamiento como Google Drive que a la antigua Megaupload. Además, todos los archivos subidos por el usuario se cifrarán antes y no se podrán abrir sin una contraseña, conocida solo por él. Mega tampoco podrá conocer el contenido del archivo, por lo que no se hace responsable de él. Así mismo, tampoco nadie que investigue la página podrá abrirlos. Esto permitirá a los usuarios tener control siempre sobre quién ve y descarga sus archivos, un control que en la antigua página no existía.
Por otro lado, el espacio de almacenamiento que permite en sus cuentas gratuitas es de 50 Gb, mucho mayor que ninguna otra web de este tipo. Además guardará cada archivo por duplicado, en dos servidores de diferentes países, en previsión de una posible perdida, medida que no existía en el anterior Megaupload. 



Fuentes:
http://www.abc.es/20120119/tecnologia/rc-echa-cierre-megaupload-201201192131.html
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/01/19/navegante/1327002605.html
http://www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2012/01/120119_megaupload_clave_tsb.shtml